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Ámbito Nacional

Estamos especializados en el servicio de mantenimiento de los maletines de reanimación en todo el ámbito nacional, inclusive las Islas Canarias y Baleares para que los maletines estén siempre en perfecto estado para su uso y ante cualquier eventual inspección, en cumplimiento del Real Decreto 1591/2009 y la Directiva 93/42/CE.

Nuestra experiencia de más de 30 años nos avala en el sector.

Es muy importante realizar el mantenimiento anual de los maletines para evitar posibles problemas de funcionamiento y que todos los componentes estén en perfecto estado.

Mantenimiento

EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO CONSTA:

  • Una visita anual presencial a su establecimiento por personal altamente cualificado de nuestra empresa.
  • Comprobar el correcto funcionamiento y medición de los elementos esenciales del maletín, como son la botella de oxígeno y el manorreductor para  evitar cualquier perdida o fuga.
  • Comprobar el estado de presión de la botella y el buen funcionamiento de la válvula de seguridad.
  • Se realiza un control y trazabilidad de todos los productos que incluye el maletín de reanimación, y se realiza la reposición de cualquier producto que haya sido utilizado, esté caducado o en mal estado. Con la finalidad de que los maletines estén siempre en perfecto estado, según normativa vigente.
  •  En cada revisión se entregará al centro un Certificado de trazabilidad con lote y caducidad de todos los productos que incluye el maletín de reanimación.
  • En caso de utilización del maletín, el material será repuesto, sin ningún coste adicional por su parte.
Personal cualificado

Disponemos de un Director Técnico Farmacéutico para asesorarle ante cualquier duda técnica que pueda tener.

El mantenimiento es realizado por personal especializado para realizar las funciones del servicio de mantenimiento de sus maletines de reanimación.

Seguridad

Para la tranquilidad y seguridad de nuestros clientes todos nuestros productos cumplen con las normativas vigentes de productos sanitarios que obliga la Comunidad Económica Europea (CEE):

1- Real Decreto 1591/2009 de Octubre productos sanitarios para utilizar en humanos.

2- Anexo X del de la Directiva 93/42/CE de 14 de Junio, evaluación de los productos sanitarios.

3- Artículo 11 de la directiva 93/42/CE de 14 de Junio, evaluación de la conformidad de productos sanitarios clase IIB con intervención de un organismo notificado. (manómetro o manorreductor).

4- Capítulo VI del Real Decreto 1591/2009 de 16 Octubre, comercialización de Productos Sanitarios en la CEE.

5- Artículo 27 Capitulo VI del Real Decreto 1591/2009 de 16 de Octubre, etiquetado de productos sanitarios que se comercializan en España.